Ciudad de El Carmen, 6 de julio de 2010.-
VISTO:
El pedido de los vecinos del Bº 25 de Mayo en relación a la pavimentación, desagüe y apertura del Pasaje Alberti,
Y
CONSIDERANDO:
Que, le corresponde a este Concejo Deliberante, según la Ley Orgánica de los Municipios Nº 4466/98 en materia de obras y servicios públicos, Art. Nº 117, inciso b):…ordenar la apertura, ensanche, mejora y cierres de calles…,
Que el pasaje Alberti del Bº 25 de Mayo, posee un desnivel en su terreno, propiciando a que en épocas estivales o de lluvia se produzcan constantes inundaciones en el sector y por lo consiguiente, perjuicios para los vecinos.
Que en la actualidad no existen la apertura del pasaje mencionado y las condiciones dadas para tal fin. Por lo que seria importante de realizar una obra de pavimentación con desagüe fluvial correspondiente, permitiendo el uso transitable del mismo.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE EL CARMEN, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº……../2010.-
ARTÍCULO 1: ORDENASE a la Municipalidad de la Ciudad de El Carmen, concrete la obra de pavimentación con el desagüe fluvial correspondiente en el Pasaje Alberti del Bº 25 de Mayo.-
ARTÍCULO 2: FACULTASE a la Municipal de la Ciudad de El Carmen, el uso de los recursos propios destinados a la obra publica; gestionar ante los gobiernos provincial, nacional y/o celebrar los convenios pertinentes con los vecinos, para concretar la obra mencionada.
ARTÍCULO 3: Una vez realizada la obra de pavimentación y desagüe, AUTORIZASE la apertura del Pasaje Alberti para el transito de vehículos livianos, con las condiciones expuestas en la presente
ARTÍCULO 4: Estará autorizado el transito y no el estacionamiento de vehículos livianos, quedando también prohibido el transito de vehículos pasado en el Pasaje Alberti.
ARTÍCULO 5: Quedan exceptuados de las prohibiciones, las unidades sanitarias que, por urgencias deban estacionar fuera de los domicilios.
ARTÍCULO 11: DE FORMA.
Sala de Sesiones, de Julio de 2010.-