proyecto PARQUE PARA DISCAPACITADOS (APROBADO)


Ciudad de El Carmen,19 de abril de 2010
Proyecto de Ordenanza
VISTO:
     La Ley Orgánica de los Municipios 4466/89, y la necesidad de brindar un espacio de recreación e integración para niños discapacitados o capacidades diferentes de nuestra Ciudad
Y
CONSIDERANDO:

Que, corresponde a este Concejo Deliberante dictar normas Legislativas en relación a la Obra Publica.
Que, ante la falta de normativas que establezcan la construcción de espacios de recreación e integración para discapacitados de nuestra comunidad, es el espíritu de este Bloque gestionar dichas Obras.
Que, mediante resolución Nº 48/96 del 20 de Diciembre del año 1993 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se elaboraron y aprobaron las normativas uniformes sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
Que, en nuestra comunidad existe una importante porción poblacional, sobre todo niños, con distintos niveles de discapacidad.
Que, es menester del Concejo Deliberante, reafirmar el compromiso de respetar y defender los derechos humanos y las libertades fundamentales, la igualdad y el valor de la personas, la justicia social, rigiéndonos siempre por normas Nacionales e Internacionales en materia de Derechos Humanos.
Que el discapacitado, que padece alguna minusvalía lo menos que quiere es verse aislado, por lo que seria importante  integrarlos en un parque como espacio de interacción.

En tal sentido,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE EL CARMEN, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº……/C.D/2010

O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: Destinase un espacio de la plazoleta Ing. Luis Michaud, como parque de recreación e integración de personas con discapacidad o capacidades diferentes, tomando al discapacitado dentro del mismo universo de acción que las demás personas.

ARTÍCULO 2º: Facultase al Ejecutivo Municipal instruya a través de las áreas correspondientes, la planificación e instalación de juegos infantiles específicos para discapacitados,. Cartelera y rampa de acceso en el predio mencionado con las siguientes características:
De los juegos:
a) 2 sube y baja para sillas de rueda.
b) 1 calesita integradora para ocho niños.
c) 4 hamacas integradora para sillas de rueda con accesibilidad de los mismos.
d) Pórtico integrador infantil.
e) Mangrullo gigante integrador.
f) TA-TE-TI con estructura de nueve cilindros interactivos, con altura reglamentaria para sillas de rueda.
g) Panel de señas para discapacitados auditivos.

ARTÍCULO 3º: Facultase al Poder Ejecutivo destinar los fondos para obra publica y/o recursos del FONDO FEDERAL SOLIDARIO, para el cumplimiento del articulo anterior.

ARTÍCULO 4º: De forma.       


                                 Sala de Sesiones,     de abril de 2010.-